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Juzgarán en Querétaro Morena-gate por 395 mdp

Juzgarán en Querétaro Morena-gate por 395 mdp

Yeidckol Polevnsky obtuvo un par de victorias legales. La primera luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la amonestación pública que recibió de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, y la segunda, porque un juez federal resolvió que la demanda mercantil en su contra por presuntos desvíos cuando era dirigente del partido se tendrá que resolver en tribunales de Querétaro.

En el primer caso, durante la sesión pública del TEPJF, los magistrados determinaron que la Comisión deberá reponer el procedimiento desde la etapa de admisión, por no haberle notificado el inicio del procedimiento, con lo cual se violó su derecho fundamental de audiencia.

La Sala Superior expuso que, ante la omisión de notificar a la entonces dirigente del partido, se violó su derecho a la defensa y acceso a la justicia, dejándola sin la oportunidad de aportar pruebas y llevar a cabo una debida defensa.

El origen de la controversia se dio luego de que el 30 de julio del 2019 el ciudadano Jaime Hernández Ortiz presentó una queja contra Yeidckol Polevnsky supuestamente por incumplir la normativa de Morena, por lo que el pasado 19 de junio la Comisión emitió una resolución en la que la sancionó, sin antes haberla notificado.

Por otro lado, en lo que se refiere a la demanda mercantil en contra de Polevnsky por la adjudicación de contratos por 395 millones de pesos para obras que nunca se concretaron, un  juez federal resolvió que los contratos firmados por Morena con empresas de construcción contienen una cláusula mediante la cual se aceptó someter sus controversias en tribunales de la ciudad de Querétaro.

Todavía falta por aclararse si los litigios que involucran a Polevnsky y al exsecretario de Finanzas de Morena, Joel Frías Zae así como a dichas empresas constructoras deberán revisarse en el fuero federal o local.

Alfonso Ramírez Cuéllar, actual dirigente de Morena, demandó la declaración de responsabilidad solidaria por hecho ilícito y daño causado, la declaración de inexistencia de los dos contratos de obra, y por tanto la devolución del dinero más los intereses por este conflicto.

FUENTE: DIARIODEQUERÉTARO.COM

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