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Fotografías a credencial del INE y rostro no son requisitos para vacuna

Fotografías a credencial del INE y rostro no son requisitos para vacuna

El subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell dijo que únicamente se requerirá a las personas los datos de su Clave Única de Registro de Población (CURP); nombre; domicilio; teléfono y datos como el lote de la vacuna y el laboratorio de la misma.

El subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, confirmó que los llamados “servidores de la nación” dejarán de capturar la imagen de la credencial de elector y fotografiar a las personas adultas mayores  que acudan a la aplicación de la vacuna contra Covid-19.

“Para facilitar las cosas y que de ninguna manera se preste a ninguna interpretación: no vamos a seguir tomando esas fotografías. Si seguirá utilizándose la CURP y los demás datos de seguimiento, pero no se tomará fotografía”.

Señaló que únicamente se requerirá a las personas los datos de su Clave Única de Registro de Población (CURP); nombre; domicilio; teléfono y datos como el lote de la vacuna y el laboratorio de la misma.

Reveló que el Inai ya requirió al gobierno federal contar con el aviso de privacidad correspondiente, mismo que se comprometió a ponerlo a disposición de los ciudadanos que acuden a inmunizarse.

Luego de que el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) expresaron su preocupación por el uso de datos personales de los ciudadanos por parte del gobierno federal, el Subsecretario reconoció que las personas tienen derecho a no ser fotografiados y a no exponer los datos de su credencial de elector en una imagen capturada por los “servidores de la nación”.

No obstante, Hugo López-Gatell dijo que el registro de las personas es necesario para dar seguimiento a la aplicación de su segunda dosis y también para hacer posteriormente una evaluación médica sobre los efectos de la vacuna.

“Es indispensable que las personas queden registradas porque se necesita dar seguimiento a ellas. El primer seguimiento es para poner la segunda dosis, lo segundo es que se le necesita dar seguimiento, porque todas las vacunas contra el virus SARS-CoV-2 para prevenir Covid-19 que existen en el planeta tierra en este momento, están todavía en un proceso de seguimiento porque los ensayos clínicos en fase tres no han terminado.

También porque nos facilita hacer las evaluaciones de efectividad, es la capacidad de proteger contra Covid.19 en condiciones reales, ya no en condiciones experimentales.

“Estas son razones para tener el censo nominal por las que es muy importante tener el censo nominal, que quiere decir el registro individual de cada una de las personas. Para ese propósito necesitamos la CURP (…) Uno de los documentos que tiene validez legal, en donde está la CURP, es la credencial de elector.

“Punto y aparte la necesidad o no necesidad de tomarle fotografía a la credencial y a la persona. No es necesario. Es un elemento que operativamente se empezó a utilizar por facilidad, pero no es indispensable que se le tome foto a la persona o a la credencial para votar y no debe restringirse en ninguna circunstancia el acceso a la vacuna a una persona que tome la decisión libre y soberana de que no se le tome fotografía a su credencial o a su persona.  Toda persona, de acuerdo a la ley de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, tiene el derecho inalienable de decidir que no se le tome la fotografía”, aceptó.

FUENTE: ELECONOMISTA.MX

 

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