12 Jan Lorenzo Córdova advirtió que la transmisión íntegra de las “mañaneras” de AMLO deberá suspenderse a partir del 4 de abril
El consejero presidente del INE dijo que las conferencias son consideradas “un espacio no sólo de información, sino de promoción de los actos de gobierno”
Tras el inicio de las campañas federales, la transmisión de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador no deberán transmitirse de manera íntegra en todo el país, esto con el objetivo de que se garantice la equidad en las contiendas, comentó Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE).
Córdova comentó que por criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las llamadas mañaneras son propaganda gubernamental y la Constitución prohíbe su difusión durante las campañas electorales, pues son consideradas “un espacio no sólo de información, sino de promoción de los actos de gobierno”.
“De acuerdo con nuestra legislación electoral, la propaganda electoral se debe interrumpir desde que arrancan las campañas y hasta el final de la jornada”, mencionó Córdova, quien detalló que esta medida deberá iniciar a partir del 4 de abril e incluso antes en algunos estados, pues arrancan sus procesos con anticipación.
También aseguró que si un medio de comunicación transmite una expresión o un comentario del presidente no será motivo de controversia, pues puede tener interés noticioso, pero el criterio por el cual no se pueden transmitir de manera íntegra es la propaganda gubernamental, ya que la promoción de las obras del gobierno podrían influir en las elecciones.
El consejero presidente recalcó que la difusión de las conferencias sólo se permitirá en excepciones, es decir, cuando se trate de asuntos como la salud, educación y protección civil, además puntualizó que se trata de una regla que no aplica para un único funcionario, sino para todos, los cuales no pueden expresarse sobre las elecciones durante el proceso.
Asimismo, resaltó que no se puede hacer uso de recursos públicos o programas sociales para favorecer o afectar a partidos o candidatos: “Se ha aplicado una tutela inhibitoria, que es un llamado al presidente a que cumpla con la Constitución y no viole ese mandato de que desde su investidura intervenga de alguna manera con comentarios que pueden distorsionar la equidad en la contienda”.
Lorenzo Córdova igualmente detalló que el Consejo General del INE, el máximo órgano de dirección, será el que se pronuncie al respecto y determinará con claridad cuáles serán las reglas a las que deberán estar sujetos todos los funcionarios públicos durante este proceso electoral.
Cabe recordar que el fin de semana pasado, por mayoría de votos, la Sala Superior del TEPJF obligó al Consejo General del INE a pronunciarse sobre la tutela inhibitoria que la Comisión de Quejas y Denuncias dictó en torno a las conferencias matutinas del jefe del ejecutivo federal.
Esta no es la primera ocasión en que las conferencias matutinas despiertan la controversia. En septiembre del año pasado, el Partido Acción Nacional (PAN) también presentó una denuncia donde se argumentaba que la transmisión de la rueda de prensa “violenta el principio de imparcialidad y el modelo de comunicación política previsto en los artículos 41 y 134 constitucionales”.
No obstante, a finales del 2020, la Sala Regional Especializada del TEPJF dictaminó que las conferencias matutinas del presidente López Obrador no violaron la prohibición de la propaganda electoral durante los comicios que se vivieron en los estados de Coahuila e Hidalgo.
FUENTE: INFOBAE.COM
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